Nota importante:
La tributación de las transmisiones patrimoniales onerosas de vehículos de motor (tipo de gravamen aplicable) depende del tipo de vehículo y de su potencia fiscal según la clasificación de precios medios
de venta que establece anualmente el Ministerio competente en materia de
hacienda mediante orden (para el año 2023, la Orden HFP/1259/2022, de 14 de diciembre). [Nota informativa].
Si hace la autoliquidación por vía telemática se generará un código electrónico de transmisión (CET) verificable inmediatamente por la Dirección General de Tráfico a los efectos de acreditar el pago del impuesto.
En el caso de transmisiones patrimoniales onerosas de medios de transporte usados entre particulares que no sean vehículos a motor (por ejemplo, embarcaciones, remolques, etc.), puede acceder al modelo de autoliquidación pulsando aquí.