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Tasa fiscal sobre el juego: máquinas con autorización temporal (cuota reducida)

Declaración liquidación máquinas tipo B o terminales de un solo jugador con autorización temporal por un período no superior a seis meses con cuota anual reducida.

Con carácter previo a la solicitud de autorización administrativa al órgano competente el sujeto pasivo deberá presentar ante la Administración tributaria una declaración censal (modelo C045).

La tasa se autoliquidará e ingresará, por el importe correspondiente a la totalidad de la cuota anual, en el plazo máximo de un mes a contar desde la autorización correspondiente.

En todo caso, la aplicación de esta cuota reducida en lugar de la cuota ordinaria exige el cumplimiento de todos los requisitos siguientes:

  1. Las máquinas deben estar dadas de alta un plazo no superior a 6 meses al año.
  2. El número de máquinas o terminales a las cuales se puede aplicar esta tarifa no puede superar el 10 % del censo de máquinas existentes, para cada sujeto pasivo del impuesto, el día 1 de enero de 2012.
  3. El sujeto pasivo debe estar al corriente de las obligaciones fiscales y de las deudas de derecho público sobre el juego.

Asimismo, será aplicable a esta cuota reducida el incremento porcentual por máquinas de tipo B exclusivas de salas de juego: 10 %  sobre las cuantías aplicables a las máquinas de tipos B ordinarias o recreativas con premio programado, máquinas de tipo B especiales y máquinas tipo B exclusivas para bingo.

La cuota anual reducida será:  

Tipo de máquina Cuota anual reducida
B Ordinarias, B Exclusivas bingo,  B Especiales 2.200,00 €
B Exclusiva salas de juego 2.420,00 €

Una vez efectuado el pago se presentará el ejemplar para la Administración tributaria en las oficinas de los Servicios Centrales o Delegación Insular correspondiente (consultar oficinas).

Pago telemático de la tasa:

- Tasa fiscal sobre el juego: Máquinas temporales: máquinas de tipo B ordinarias o recreativas con premio programado, máquinas de tipo B especiales y máquinas tipo B exclusivas para bingo (2.200,00 €)

- Tasa fiscal sobre el juego: Máquinas temporales: máquinas de tipo B exclusivas de salas de juego (2.420,00 €)