Para anular por vía telemática la domiciliación de pago de tributos locales de cobro periódico por recibola debe realizar los siguientes pasos:
1.- Rellenar los datos que se solicitan en el formulario siguiente y pulsar el botón "Guardar PDF ".
2.-
Una vez guardado el documento, pulse el botón "Continuar". Si falta algún
dato obligatorio deberá rellenarlo y pulsar el botón "Guardar PDF".
Es importante indicar el concepto tributario y la referencia del recibo o recibos de los que desea anular la domiciliación de pago. Ver ejemplo a continuación:
3.- Si los datos son correctos, deberá adjuntar, además de la solicitud cumplimentada (que ya aparecerá por defecto), los documentos correspondientes (por ejemplo, fotocopia del NIF del solicitante -titular del recibo-). 4.- Una vez adjuntados los documentos que, en su caso, sean necesarios, pulse el botón "Enviar". A continuación recibirá un mensaje en su teléfono móvil con un código que debe introducir y, una vez hecho esto, podrá imprimir la solicitud presentada y también recibirá un correo electrónico de este trámite.En
el caso que la solicitud no esté debidamente cumplimentada o no se
adjunten los documentos aportados no sean suficientes o no sean
correctos, se remitirá un correo electrónico informándole de esta
circunstancia y para que se hagan las subsanaciones que correspondan o
se remitan los documentos pertinentes, con la advertencia que si no lo
hace en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente del día de
remisión del correo electrónico se
considerará como no presentada la solicitud y se procederá a su archivo.
5.-
Cuando se haya tramitado la anulación de la domiciliación recibirá un correo
electrónico de confirmación y podrá imprimir la solicitud que incluirá
la validación del trámite. Hasta que no haya recibido este correo
electrónico de confirmación no se considerará realizado el trámite.
Nota
importante: Para
consultar los plazos de solicitud de domiciliación, anularla o
modificar la cuenta de domiciliación, así como la
previsión del cargo en
cuenta de los recibos domiciliados de tributos
locales de cobro periódico anual correspondientes al año 2024 (en el caso que no se haya seleccionado por el contribuyente el día de cargo), pulse AQUÍ.
En
caso de que se tramite la solicitud con posterioridad a las fechas
indicadas, la domiciliación tendrá efectos el año siguiente.