Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, puede contener enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a la de la ATIB que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Ver POLÍTICA DE COOKIES

Decreto 16/2022, de 23 de mayo, por el que se desarrolla el canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears

El canon sobre el vertido y la incineración de residuos de les Illes Balears es un impuesto propio de las Illes Balears creado por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2021 (artículos 40 a 54, disposición adicional segunda, disposición transitoria primera y apartados 2 y 3 de la disposición final vigésima).

Este impuesto, que tiene un carácter esencialmente extrafiscal (sus ingresos quedan afectados al Fondo de Prevención y Gestión de Residuos creado por el artículo 33 de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears), grava la deposición en vertedero y el tratamiento mediante incineración, con o sin recuperación energética, del desecho de los residuos domésticos o municipales de cualquier procedencia tratados en las instalaciones autorizadas en el ámbito territorial de las Illes Balears.


Asimismo, hay que destacar que el citado Decreto 16/2022, de 23 de mayo modifica el Decreto 14/2019, de 15 de marzo, de notificación y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de las Illes Balears con la finalidad de mejorar la redacción, teniendo en cuenta las mejoras operativas y los avances realizados en su sede electrónica.