¿QUÉ SUCEDE SI HA FINALIZADO EL PERIODO VOLUNTARIO Y NO HE HECHO EL PAGO?
Fecha:
En este caso se inicia la vía ejecutiva el que determina la aplicación de recargos y, en su caso, de intereses de demora.
Una vez finalizado el correspondiente período voluntario de pago, se puede acceder el documento de ingreso y pagar los recibos pendientes a través del CVA con aplicación del recargo ejecutivo (5%).
En caso que un recibo conste pendiente de pago en vía ejecutiva y, por cualquier circubnstancia, no pueda hacer el pago a través del CVA, se puede solicitar el documento de ingreso en el módulo de
Consultas y sugerencias.