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Periodo voluntario de pago del IBI y del IAE del año 2024 del Ayuntamiento de Artà: de 16 de septiembre a 2 de diciembre


El día 15 de septiembre se inicia el período voluntario de pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y del impuesto sobre actividades económicas (IAE) del Ayuntamiento de Artà correspondientes al ejercicio 2022. El plazo de pago voluntario finaliza el 2 de diciembre de 2024.

Una vez finalizado el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.


FORMAS DE OBTENCIÓN DEL AVISO DE PAGO O DOCUMENTO DE INGRESO


Se recuerda que no se remiten avisos de pago en papel. La forma general para obtener y/o pagar los recibos es en este Portal web a través del Cartero Virtual, al que puede acceder con el codigo de contribuyente, así como también con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve (+ info: CARTERO VIRTUAL).

Si no utiliza el Cartero Virtual puede obtenerlos por Internet a través del servicio de Consultas y sugerencias.

Asimismo, puede obtener el aviso de pago o el correspondiente documento de ingreso de forma presencial con cita previa (que puede solicitar por Internet -pulse CITA PREVIA- o en el teléfono 971 678 404) en la oficina de la ATIB de la plaza del Ayuntamiento, 1, 07570 Artà o en cualquier oficina de recaudación de la ATIB (consultar los datos y horarios en oficinas de recaudación). 

FORMAS DE PAGO (con el aviso de pago o documento de ingreso)

— Por Internet, mediante el servicio de banca electrónica de las entidades colaboradoras en el pago telemático o con tarjeta de crédito o de débito, con independencia de la entidad que la emita [Acceder al pago telemático].

— En cualquier oficina de las entidades bancarias colaboradoras siguientes: CaixaBank; Banca March; BBVA; Banco Santander; Abanca; Banco Sabadell; Colonya, Caixa Pollença; Cajamar – Caja Rural; Ibercaja; Deutsche Bank.

— En los cajeros automáticos de CaixaBank y BBVA.

RECIBOS DOMICILIADOS

Se recomienda domiciliar el pago de sus recibos (+ info: Domiciliación de pago de tributos locales de cobro periódico por recibo).

Los recibos cuyo pago esté domiciliado en una entidad bancaria se remitirán a las respectivas entidades para que se carguen en cuenta de los contribuyentes el día que éstos elijan dentro del período voluntario de pago (para seleccionar el día de cargo se debe acceder al CARTERO VIRTUAL). En caso de que no se seleccione ningún día, los recibos domiciliados se remitirán a las entidades para su cargo en cuenta a partir del día 15 de noviembre de 2024.

Una vez enviada la domiciliación a la entidad bancaria puede conocer la situación del recibo en Información de los datos de los recibos domiciliados.