Para obtener información o verificar el documento que ha recibido y
realizar, en su caso, las gestiones que correspondan, debe introducir la referencia (CID -código de información o identificación de
documento-) contenida en el documento que ha recibido.
Corresponde a la persona
respecto a la cual se ha generado o expedido el documento con un CID la utilización adecuada del mismo.
La referencia (CID) tiene dos partes:
1ª. Las dos primeras letras definen el tipo de de documento. En concreto:
- RN: Documento de notificación de acto administrativo.
- RA: Aviso de pago de un tributo local del cobro periódico por recibo.
- RD: Documento de ingreso.
- DO: Información sobre la domiciliación de un tributo local de cobro periódico por recibo.
- VF: Comprobación de la autenticidad de documento con firma electrónica.
- JP: Justificante pago tributo local mediante sistema especial de pago fraccionado ("pago a la carta")
2ª. Un código alfanumérico identificativo del documento.
CONSULTA POR CID: